Certificado de Instalación Apta para conexiones nuevas. Click aquí para descargar
Certificado de Instalación Apta para conexiones existentes. Click aquí para descargar
Ley Provincial De Seguridad Eléctrica 10.281
El ERSeP como Autoridad de Aplicación, determina que, a partir del próximo primero de junio, toda conexión eléctrica en el ámbito provincial deberá contar con un Certificado de Instalación Eléctrica Apta firmada por un profesional electricista matriculado.
Este Certificado tiene carácter de Declaración Jurada, y se realizará por triplicado, el original quedará en resguardo en la Cooperativa, la copia duplicada en manos del propietario, y la copia triplicada en poder del electricista.
Estos certificados deben ser firmados por los propietarios y por los siguientes profesionales:
- Categoría I: Profesional con título de grado universitario, con alcance /incumbencia en la especialidad eléctrica.
- Categoría II: Técnico con título habilitante con incumbencia en la especialidad eléctrica.
- Categoría III: Idóneo con capacitación relacionada a la especialidad eléctrica.
- Ley Provincial de Seguridad Eléctrica N° 10.281 - Boletín oficial
- Decreto Reglamentario Nº 1022/2015
- Decreto Reglamentario Nº 1022/2015 Anexo único
- Resolución General ERSeP Nº 26/2015 - Registro electricistas
- Resolución General ERSeP Nº 26/2015 - Registro electricistas Anexos I y II
- Resolución General ERSeP Nº 05/2016 - Reglamentación Técnica
- Resolución General ERSeP Nº 05/2016 – Reglamentación Técnica Anexos I a V
- Resolución General ERSeP Nº 49/2016 - Modifica Anexo I Res. N° 26-2015
- Resolución General ERSeP Nº 46/2017 – Implementación Ley N° 10.281: 1/12/2017